Jubilacion a los 50 años y 25 años de aporte

Resolución 100/22 Jubilación ordinaria con 50 años de edad y 25 años de servicios

Nomenclador con la familia de puestos comprendidos en el régimen diferencial del Decreto N° 2136/74.

El Decreto N° 2136/74 estableció, el derecho a la jubilación ordinaria con 50 años de edad y 25 años de servicios para el personal que se desempeñe habitual y directamente en las siguientes actividades:

a) en la exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña y

b) en tareas desempeñadas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos petrolíferos o gasíferos.

A fin de brindar mayor certeza respecto de las tareas comprendidas en el régimen, se ha elaborado un nomenclador, de carácter enunciativo, con la familia de puestos comprendidos en el régimen diferencial del Decreto N° 2136/74, sin perjuicio de lo que en cada caso surja de los procesos de probatoria y verificación a cargo de la ANSES.