Contadores no serán sancionados sino presentan Declaraciones Juradas

Contadores no serán sancionados si no presentan declaraciones juradas de impuestos: se beneficiarían contribuyentes

Los contadores esperan que la AFIP prorrogue los vencimientos que comenzaron a recaer hoy sobre los impuestos anuales de las personas humanas, debido a un amparo que dictó la Justicia a que durante tres horas estuvo caída la página de Internet del organismo por un problema gremial.

Hoy lunes, la jueza María Alejandra Biotti, titular del juzgado contencioso administrativo federal n° 5, dictó una medida cautelar a favor de los contadores porteños para que no sean sancionados si no llegan a presentar las declaraciones juradas de impuestos en los respectivos vencimientos.

Si bien no existen sanciones de hecho contra los contadores, sino contra los contribuyentes, los abogados del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, entidad que presentó el pedido de medida cautelar, entiende que indirectamente el amparo beneficia también a los clientes.

Sería una «cautelar indirecta», ya que los contribuyentes podrían defenderse ante la AFIP presentándose bajo el paraguas de la medida que dictó para los contadores la jueza Biotti, en caso de que no puedan presentar las declaraciones juradas de Ganancias, Bienes Personales y el impuesto cedular de renta financiera de 2019.

La medida cautelar de la jueza Biotti pide, para poder decidir sobre la cuestión de fondo de la suspensión de los vencimientos, que la AFIP responda un informe en 3 días.

Durante ese lapso de tiempo, dicta el amparo para que los contadores no sean sancionados si no presentan los impuestos.

La presidenta del Cpcecaba, Gabriela Russo, dijo «esta decisión judicial es algo muy bueno».

«Ahora esperamos a ver qué hace la AFIP», remarcó Russo, ya que subrayó que «la página del organismo estuvo caída tres horas y eso no puede pasar en un día de vencimientos, por lo que esperamos que haya una postergación a raíz de los inconvenientes técnicos, además».

«Con el objeto de preservar la eficacia de las resoluciones que pudieran dictarse en autos, hágase saber al Poder Ejecutivo nacional- AFIP y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires y/o a quién pudiera corresponder, que deberán abstenerse de aplicar sanciones de naturaleza disciplinaria o de cualquier otra índole contra los contadores y contadoras matriculados en esta ciudad».

Una jueza dictó una medida cautelar a favor de los contadores porteños para que no sean sancionados

Eso es en caso de que las sanciones «tuvieran como causa la omisión en la confección de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las Ganancias – incluyendo el impuesto cedular- y sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2019 de las personas jurídicas y de las personas humanas».

El fallo toma en cuenta que por la cuarentena «resulta dificultoso a los profesionales acceder a la información necesaria para la confección de las declaraciones juradas en cuestión».